Versión 3.3

Facturación Electrónica




Versión 3.3 de la Facturación Electrónica

Cancelación de CFDI’S a partir del 1° de Enero 2018

 

 

A partir de 2018 los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) sólo podrán cancelarse cuando:

 

La cancelación se realice dentro de las 72 horas inmediatas siguientes a la emisión del CFDI.


 

 


Después de las primeras 72 horas, sólo podrá cancelarse cuando la persona a favor de quien se expida acepte su cancelación.

También se podrá cancelar un CFDI sin que se requiera la aceptación del receptor:

  • Cuando sea una cantidad menor a $5,000.00 pesos.
  • Cuando sea por concepto de nómina, egresos o traslados.
  • Cuando corresponde a operaciones realizadas con “Público en general”
  • Cuando sean emitidos a residentes en el extranjero.
  • Cuando se expide a contribuyentes del RIF.
  • Cuando amparen retenciones e información de pagos.
  • Cuando se emitió a través de la herramienta de “Mis cuentas” en el aplicativo “Factura fácil”.

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